• El retorno anticipado de dineros lo recibirán quienes enviaron su declaración entre el 1 y 8 de abril. El resto, tendrá que esperar hasta mayo.
  • Más de 4,5 millones de declaraciones de renta espera recibir el SII entre abril y el 10 de mayo.

 

¡Y llegó abril! El mes más esperado por los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios y que saben tendrán devolución de impuestos.

Este 2023, recibirán la devolución de impuestos el 20 de abril, siempre y cuando hubieran validado el Formulario 22 de la propuesta del Servicio de Impuestos Internos (SII) y solicitado el dinero a través de depósito bancario entre el 1 y el 8 del mes en curso.

La posibilidad de devolución de impuestos en abril, es el primer cambio en la Operación Renta de este año, si lo comparamos con operaciones anteriores. ¿Hay más cambios? Sí, son varios, y los puntualiza Ricardo Ibáñez, abogado y socio de defensadeudores.cl

 

Papitos corazón, influencers y apostadores

“Se retendrá por primera vez la devolución de impuestos a deudores de pensiones de alimentos. Esto según lo establecido en la ley 21.389, norma que crea el Registro Nacional de Deudores/as de Pensión de Alimentos, un listado electrónico reservado que contiene a quienes adeudan tres meses consecutivos o cinco meses discontinuos de pago, y que mediante una resolución judicial los obliga al cumplimiento de esta obligación”, señala el abogado.

Además, Ibáñez agrega que deberán declarar ganancias como ingresos “quienes las perciban en las apuestas online, al igual que por bitcoins o criptomonedas. Al mismo tiempo, los influencers que están en la mira del SII, tienen que declarar los ingresos que han recibido a fin de pagar los impuestos correspondientes”.

Cabe recordar que el SII investiga a 141 influencers por alto riesgo de incumplimiento tributario, y que para seleccionarlos analizó su comportamiento en Instagram, TikTok, Twitch y OnlyFans. Lo anterior, bajo el criterio de cantidad de seguidores (más de 1 millón), actividad diaria y potenciales fuentes de ingresos. A partir de esto, se concluyó que registran ingresos anuales por más de $167 millones.

“Asimismo —prosigue Ibáñez—a partir de septiembre de 2022, el mayor valor obtenido en la enajenación de instrumentos financieros (acogidos al art. 107 LIR) como fondos mutuos o fondos de inversión, pagarán un impuesto único con tasa del 10%”.

¿Quiénes deben declarar?

Todos los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios deben presentar su declaración de impuesto a la renta.

Profundizando más en el detalle, Ricardo Ibáñez indica que “deben declarar renta aquellas personas que tengan ingresos anuales o superiores a los 9 millones 907 mil pesos, además de aquellos que tuvieron más de un empleador o pagador.

Cabe destacar que, a estos puntos se suman las personas que hicieron el tercer retiro del 10% de los fondos previsionales de AFP y que sus ingresos tributables sean mayores a las 30 UTA (unidades tributables anuales), es decir, aquellos que superen los 22 millones de pesos; y los que durante la pandemia (2020 – 2021) solicitaron el préstamo solidario.

Por último, es importante señalar que para aquellas personas que tengan un crédito hipotecario podrán deducir, es decir, rebajar de su base imponible, los intereses pagados por los referidos créditos. De igual manera, existe otro beneficio, en esta misma línea, que dice relación con aquellos padres que tienen gastos en educación de sus hijos.

 

¿Qué ocurre con los trabajadores con boletas de honorarios?

Este año aún se puede optar por elegir entre la cobertura total o parcial en el pago de las cotizaciones previsionales y leyes de seguridad social, como el seguro de invalidez y sobrevivencia.

“Para los trabajadores 100% independientes lo recomendable es que opten por la cobertura total, ya que cubrirá su previsión de salud, ahorro para la vejez y Seguro de Cesantía e Invalidez.

Por otro lado, para aquellos que ya cotizan en la seguridad social, tienen dos alternativas: la primera de estas es acogerse a la cobertura total, donde los fondos se irán en un 100% a aumentar las cotizaciones previsionales ya pagadas por su empleador. La segunda alternativa para este caso, es acogerse a la cobertura parcial, en donde es altamente probable que puedan obtener una mayor devolución de impuestos.

¿Cuándo recibirá su dinero? 

Jueves 20 de abril a través de depósito para quienes hayan realizado la declaración de renta entre el 1 y 8 de abril.

Lunes 15 de mayo a través de depósito para quienes hayan realizado la declaración de renta entre el 9 y el 27 de abril.

Lunes 29 de mayo a través de depósito para quienes hayan realizado la declaración de renta entre el 28 de abril y el 10 de mayo.

Si el pago fue por cheque, la devolución de impuestos se llevará a cabo el martes 30 de mayo, sin importar la fecha de la declaración.

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