La publicación de la Resolución Exenta N°271 constituye un hito en el proceso de modernización del  marco normativo del turismo aventura en Chile, tarea liderada desde 2024 por la Subsecretaría de  Turismo y el Servicio Nacional de Turismo, con el apoyo técnico del Instituto Nacional de  Normalización (INN). 

Este 28 de julio se publicó en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°271 del Servicio Nacional  de Turismo, que representa un avance significativo para el turismo aventura en Chile. La  normativa actualiza los estándares técnicos de 15 actividades e incorpora, por primera vez, el  salto bungee.  

La actualización de las normas técnicas fue un proceso impulsado por la Subsecretaría de  Turismo y el Servicio Nacional de Turismo, ejecutada técnicamente por el Instituto Nacional  de Normalización (INN), desarrollado entre octubre de 2024 y fines de 2025. 

Este marco normativo contaba con cerca de veinte años de vigencia, por lo que su  actualización permite incorporar nuevos estándares de seguridad, mejoras operacionales y  buenas prácticas acorde con la evolución de la industria y las referencias internacionales. 

Este trabajo fue desarrollado mediante un proceso participativo que reunió a representantes  del sector público, la academia, prestadores de servicios turísticos, asociaciones gremiales y  especialistas en cada una de las disciplinas, permitiendo construir normas consensuadas y  alineadas con la realidad de la industria. 

Las quince normas técnicas actualizadas son: Montaña, Alta montaña, Deslizamiento sobre  nieve en áreas no delimitadas, Excursionismo o trekking, Senderismo o hiking, Actividades  ecuestres, Cicloturismo, Escalada en roca, Pesca recreativa, Observación de biodiversidad,  Cañonismo, Canopy, tirolesa y/o arborismo, Sandboard, Parapente y Vehículos todo terreno. 

La publicación de la Resolución Exenta N°271 en el Diario Oficial forma parte de una agenda  más amplia impulsada por la Subsecretaría de Turismo y Sernatur para fortalecer el desarrollo  seguro y sostenible del turismo aventura en Chile. Esta actualización normativa complementa  el proyecto de Ley de Turismo Aventura, que actualmente se encuentra en etapa de recepción  de indicaciones para continuar su discusión en la Comisión de Economía y avanzar en su  tramitación legislativa 

Al respecto, la subsecretaria de Turismo, María Paz Lagos, señaló: Al respecto, la subsecretaria  de Turismo, María Paz Lagos, señaló: “Chile ha sido reconocido en siete ocasiones como el  Mejor Destino de Turismo Aventura del Mundo en los World Travel Awards, y ese liderazgo  también nos exige avanzar con decisión en seguridad. Por eso, la actualización de estas  normas, que fue producto de un trabajo colaborativo con la industria, y la incorporación por 

primera vez del salto bungee son pasos muy importantes, que se suman al proyecto de Ley de  Turismo Aventura, que ya fue aprobado en general por el Senado y sigue avanzando en su  tramitación. Queremos que quienes elijan Chile para vivir estas experiencias puedan hacerlo  con confianza y seguridad”. 

El documento se encuentra disponible en el Diario Oficial y en el Portal de Servicios Turísticos  de Sernatur, específicamente en la sección ‘Recursos’. Para acceder y descargar la resolución  ingresa a la siguiente dirección: https://portalserviciosturisticos.sernatur.cl/recursos/.  

Nueva actividad: Salto Bungee 

El proceso permitió desarrollar dos nuevas normas: Vocabulario de Turismo Aventura y Salto  Bungee. La primera unifica conceptos y criterios técnicos para el sector; la segunda, introduce  por primera vez un marco regulatorio específico para el bungee en Chile, estableciendo  requisitos específicos para esta actividad, considerando aspectos relacionados con  instalaciones, equipamiento, competencias del personal, gestión del riesgo y protocolos de  emergencia. 

Para el director nacional de Sernatur, Cristóbal Benítez, “la actualización de este conjunto de  normas representa un avance significativo para el sector turístico que busca mejorar las  prácticas de seguridad del turismo aventura en Chile. También, por la incorporación de la  norma técnica salto bungee y puenting, que es la principal novedad de este proceso porque  crea, por primera vez, un estándar técnico específico para esta actividad en nuestro país”. 

Esta norma establece límites para el desarrollo de la actividad salto bungee. La edad mínima  para participar es de 12 años, y los menores de edad deben contar con la autorización de su  padre, madre o tutor legal. Asimismo, las personas mayores de 60 años deberán presentar un  certificado médico que las habilite para realizar actividades de turismo aventura. En cuanto a  las condiciones físicas, se exige un peso mínimo de 40 kg y un peso máximo de 175 kg, el cual  debe ser verificado en dos oportunidades antes de efectuar el salto para garantizar la seguridad  de la actividad. Además, se requieren 3 guías por cada cliente que realiza el salto, entre otros.

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