Ley PUSU: 12 meses para lograr su implementación sostenible
Por Guillermo García Moscoso – Socio GDS Abogados
En agosto de 2024, el Congreso aprobó una necesaria prórroga en los plazos de implementación de la Ley de Plásticos de un Solo Uso (Ley PUSU), llevando su entrada en vigencia total a febrero de 2026. Faltando casi un año para este nuevo plazo, es imperativo que las empresas tomen conocimiento de la normativa y den los pasos necesarios hacia su cumplimiento, pero, también, es necesario aprovechar el tiempo para hacer los ajustes necesarios y que la ley sea un avance real en la protección del medio ambiente, sin gravar innecesariamente la actividad económica, sobre todo el alicaído sector gastronómico.
Como es sabido, la ley prohíbe la entrega de productos de un solo uso (no solamente plásticos) al interior de establecimientos de expendio de alimentos y, para el caso de consumo fuera del establecimiento, permite la entrega de productos desechables de materiales valorizables distintos del plástico, o plástico certificado. Esto, en la práctica, significa que el servicio en restaurantes y similares -pensemos en patios de comida- requerirá necesariamente de vajilla reutilizable, incluyéndose bombillas e individuales, por mencionar alguno de los productos. ¿Qué pasa con los restaurantes y similares que han invertido en productos compostables? ¿Qué pasa, a su vez, con las empresas que han invertido en la producción de insumos sostenibles para el sector gastronómico? ¿No parece extraño que solamente ellos puedan ser utilizados para el delivery y no en el mismo restaurante?
Más allá de aspectos adicionales relevantes a los planteados, como garantizar la higiene de los productos reutilizables y el consumo de agua asociado al lavado, estimamos que la diferenciación de productos permitidos entre consumo al interior del establecimiento y fuera de ello es una distinción que debe ser eliminada por motivos prácticos relevantes: hará necesario más personal en los establecimientos elevando los costos, sobre todo de comercios pequeños (alguien tiene que servir y lavar) y no necesariamente tendrá un efecto ambiental positivo, puesto que los restaurantes y similares tendrán que duplicar sus materialidades, teniendo productos reutilizables y, también, de un solo uso, para delivery. Además, dejando la ingenuidad de lado, muy probablemente el concepto de concepto de consumo fuera del establecimiento será estirado al máximo, dificultando la vigencia social de la norma y su necesaria fiscalización.
Todavía queda tiempo para ajustar la ley e igualar el tratamiento de los productos a entregar para el consumo dentro y fuera del establecimiento de expendio de alimentos. Si logramos ello, tendremos una ley más fácil de fiscalizar, una industria de productos compostables con futuro y no le pegaremos de más a la industria gastronómica, sin dejar de cuidar nuestro medio ambiente. Eso sí sería una implementación sostenible.